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jueves, 17 de mayo de 2012
07-02-2012 - ID 48375Madrid - Alcalá de Henares

Se inicia la exposición pública del Reglamento de Participación Ciudadana tras su publicación en el BOCM



El Ayuntamiento de Alcalá informa que, tras la aprobación inicial en la sesión ordinaria del Pleno Municipal del 20 de diciembre de 2011, de la modificación del Reglamento Orgánico regulador de las Juntas Municipales de Distrito y de la Participación Ciudadana, se ha procedido a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, con fecha 28 de enero de 2012, para su exposición pública durante un periodo de treinta días hábiles, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Hasta el próximo 3 de marzo, está abierto el plazo para que los interesados puedan presentar las alegaciones, reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas, que se pueden realizar en el Registro General del Ayuntamiento de Alcalá (Plaza de Cervantes, 12), o en la sede de la Concejalía de Distritos y Participación Ciudadana (Plaza de los Carros), lugar donde puede examinarse el expediente en horario de 9 a 14 horas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

Principales modificaciones del Reglamento de Participación

Modificación

Reglamento anterior

Nuevo Reglamento
Derecho de acceso a archivos y registros municipales, derecho de propuesta y derecho de petición
Resolución en plazo máximo de 3 meses Resolución en plazo máximo de 1 mes
Artículo 16 "Sitio Web" (punto 8 de nueva creación)
Se garantiza la creación de una web de la Junta Municipal, integrada en la página del Ayuntamiento, en la cual aparecerán el orden del día de los plenos de distrito, actas, información de contacto de los vocales, etc...

Sección 4ª Artículo 20 "De la Cesión de Locales Municipales" (artículo de nueva creación)
Se incorpora el compromiso de desarrollar una fórmula que regulo la cesión de locales municipales a las distintas asociaciones.

Capítulo IV Artículo 35 "Turno Popular de los Plenos en las JMD" (punto de nueva creación dentro de este artículo)
Se garantiza la participación de los ciudadanos a título particular, o a través de las comunidades de vecinos y/o mancomunidades ante el pleno de la JMD cuando existan motivos de interés general.

Capítulo II Artículo 50 "Presupuestos Participativos" (artículo de nueva creación) Se incorpora la posibilidad de que los ciudadanos adscritos a la JMD decidan a qué proyectos irá destinada una parte del capítulo de inversiones. El método se establecerá por acuerdo plenario de la JMD.

Artículo 56 "De los vocales de la JMD"
- 6 representantes de grupos políticos con voz y voto.
- 2 vocales de asociaciones de vecinos, 1 con voz y voto y otro sólo con voz.
- 2 vocales de entidades ciudadanas, 1 con voz y voto y otro sólo con voz.
- 8 representantes de grupos políticos con voz y voto.
- Hasta un máximo de 3 vocales de AAVV, todos con voz y voto.
- Hasta un máximo de 3 vocales de Entidades ciudadanas, siendo uno de ellos necesariamente representante de AMPAS, todos con voz y voto.

Sección 4ª Artículo 60 "El pleno de la JMD" (punto de nueva incorporación dentro del artículo)
Se refleja la posibilidad de que los vocales designados tengan un suplente para el ejercicio de sus funciones.
Artículo 61 Punto 2º "Constitución de la JMD"
Al no ser cargos remunerados, se elimina la obligatoriedad de tener que presentar la declaración de bienes a los vocales que tomarán posesión de sus cargos.

Artículo 61 Punto 3º "Acuerdo sobre el calendario de sesiones"
Periodicidad de los plenos trimestral. Periodicidad de los plenos bimestral.
Artículo 63 "Orden del día" Punto 2. 2º "Parte Resolutiva"
La parte resolutiva del orden del día da prioridad a las intervenciones y mociones de los grupos políticos en detrimento de las AAVV y Entidades.
La parte resolutiva del orden del día da prioridad a las intervenciones y mociones de las AAVV y Entidades, los grupos políticos expondrán en último lugar sus mociones

Artículo 63 "Orden del día" Puntos 3 y 4
- Máximo de 4 iniciativas, mociones o propuestas por cada grupo político.
- Máximo de 2 iniciativas, mociones o propuestas por parte de los vocales de AAVV y Entidades.
- Máximo de 2 iniciativas, mociones o propuestas por cada grupo político. (Se disminuye en 2 por grupo).
- Máximo de 2 iniciativas, mociones o propuestas por cada vocal de AAVV y Entidades. (Pasan de tener 2 mociones en total por pleno, a 12).

Artículo 70 "Los Consejos de Participación Ciudadana" (Artículo de nueva creación)
El pleno de la JMD podrá acordar su creación, presidido por presidente de la JMD o en su defecto por el vicepresidente o persona en quien delegue. Formados por los miembros del pleno y las asociaciones y entidades inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones. Se reunirá mínimo 4 veces al año.

Disposición Transitoria 2ª
Plazo de 6 meses para la constitución de la Comisión Mixta.
Plazo de 3 meses para la constitución de la Comisión Mixta.
Disposición Transitoria 3ª
Plazo de 18 meses para la implantación de sistemas de difusión de la sociedad de la información.
Plazo de 6 meses para la implantación de sistemas de difusión de la sociedad de la información.

Temas:
Ayuntamiento / Gobierno Local (NOTICIAS)
Ciudadanía (NOTICIAS)
Rincón Ciudadano (PARTICIPA)
Distritos-Barrios (NOTICIAS)
Autor:
Ayto. Alcalá de Henares

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